El concepto de tutela ha cambiado mucho en estas casi tres décadas. La línea a seguir la marcó la Convención de Nueva York sobre los derechos de las personas con discapacidad, del año 2006: se pasaba a ver a los afectados como personas, y no como objetos de atención. El Gobierno de España ratificó este acuerdo en 2007, adaptando la normativa en base al mismo.
En 2021 se ha producido un cambio de paradigma; la filosofía es que todas las personas tienen derecho a ejercer su capacidad jurídica, en función de sus características; las que tienen desde nacimiento o las que han sido sobrevenidas; por accidente, enfermedad o por vejez. Todas las personas tienen voluntad y preferencias y hay que intentar conocerlas y respetarlas. Según su discapacidad, pueden necesitar más o menos apoyo.
El 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la ley que elimina la incapacitación judicial, la tutela y la patria potestad prorrogada. El 2 de junio, se aprobó una reforma del Código Civil que elimina la incapacitación judicial y la sustituye por un sistema de apoyos para las personas con discapacidad. La ley fue ratificada por el Senado y por el Congreso los días 12 y 20 de mayo, respectivamente, y publicada en el BOE el 3 de junio como: Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Nuestra coordinadora del programa Aldaba Contigo en Madrid, Paloma Chaminade, ha explicado la nueva en una jornada para familiares del CRPS de Alcobendas que gestiona Grupo 5.