En un esfuerzo continuo por fomentar la inclusión y garantizar la igualdad, la Ley 8/2021 emerge como un hito legislativo en España. Esta norma introduce una serie de medidas de apoyo destinadas a mejorar la vida de las personas con discapacidad. Su objetivo es facilitar su integración en todos los aspectos de la sociedad, asegurando que tengan las mismas oportunidades y derechos que el resto de la población. En este artículo, profundizaremos en medidas de apoyo a personas con discapacidad y cómo estas buscan promover un entorno más inclusivo y equitativo.
Descubre las medidas de apoyo a personas con discapacidad
La Ley 8/2021 establece un marco legal detallado para el apoyo a personas con discapacidad. Estas medidas no solo reconocen los desafíos que enfrentan las personas con discapacidad, sino que también proporcionan soluciones prácticas y accesibles para superarlos. A continuación, desglosamos algunas de las medidas más significativas:
1. Las medidas voluntarias
Estas medidas están diseñadas para fomentar la autonomía personal, permitiendo que las personas con discapacidad tomen sus propias decisiones sobre su vida con el apoyo necesario. Esto incluye la asistencia en la toma de decisiones y el acceso a recursos que faciliten su independencia.
Estas medidas, que son concebidas y personalizadas por la propia persona, atendiendo a sus necesidades individuales, se dividen en dos categorías principales:
- Planes de apoyo: Estos permiten a la persona establecer acuerdos anticipados, previendo posibles dificultades en el ejercicio de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones. Los planes pueden incluir medidas que afecten tanto a su persona como a sus bienes, adaptándose a sus requerimientos específicos.
- Poderes preventivos: A través de esta medida, una persona designa a otra para que la represente y le brinde el apoyo necesario en el futuro, para aquellos momentos en que no sea capaz de tomar decisiones por sí misma.
Además de estas opciones, también se contempla la posibilidad de proponer o descartar a ciertas personas como potenciales curadores futuros. Asimismo, se permite diseñar medidas específicas que regulen el funcionamiento y el contenido de la curatela. A este proceso se le conoce como “autocuratela”, lo cual ofrece un mayor control sobre las decisiones futuras relacionadas con la tutela y el cuidado personal.
2. La guarda de hecho
El «guardador de hecho» se refiere a aquel individuo que, sin poseer un título oficial o un nombramiento formal, se dedica al cuidado y atención de una persona con discapacidad. Este rol suele ser asumido por alguien cercano a la persona, como un familiar o un amigo íntimo, movido por vínculos afectivos o compromisos personales.
Además, el guardador de hecho tiene la posibilidad de solicitar una ayuda económica destinada a apoyar el bienestar de la persona con discapacidad. Esta prestación es un reconocimiento a la labor de cuidado y apoyo que realiza, aunque no cuente con una designación oficial.
En situaciones donde se requiera representar legalmente a la persona con discapacidad, el guardador de hecho debe dirigirse a un juzgado para solicitar una resolución judicial específica. Esta medida garantiza que cualquier actuación en representación de la persona con discapacidad se realice con el debido respaldo y reconocimiento legal, asegurando la protección de sus derechos e intereses.
El guardador de hecho está limitado en su capacidad de actuar en nombre de la persona con discapacidad, especialmente en cuestiones de importancia económica o que posean un significado personal o familiar considerable. Para llevar a cabo tales actos, es necesario obtener primero la aprobación de un tribunal.
En caso de requerir asistencia específica en una situación particular y no contar con un guardador de hecho, no es aconsejable optar por la curatela. Más bien, lo adecuado sería solicitar el nombramiento de un defensor judicial que se encargue exclusivamente de ese asunto determinado.
3. La defensa judicial
La defensa judicial es una medida vital que se activa en varias circunstancias específicas. Una de estas es cuando se presenta un conflicto de intereses entre el curador y la persona con discapacidad, asegurando así la imparcialidad y protección de los derechos de la persona afectada. Además, esta defensa se hace efectiva en situaciones en las que la persona con discapacidad requiere apoyo de manera ocasional para acciones concretas. Ejemplos de estos actos pueden incluir la realización de una transacción de venta o la gestión de la aceptación de una herencia. En estas instancias, la defensa judicial garantiza que las decisiones se tomen considerando el mejor interés y la voluntad de la persona con discapacidad.
4. La curatela
Esta medida de protección legal es establecida únicamente por un juez y se aplica en casos donde una persona con discapacidad requiere asistencia de manera constante y prolongada. La instauración de una curatela representativa se considera solamente cuando no existen otras medidas alternativas que puedan proporcionar el apoyo necesario de manera adecuada y suficiente. Su objetivo es garantizar la protección y el bienestar continuo de la persona con discapacidad, asegurando que reciba el apoyo que necesita para su vida diaria.
5. Patria potestad prorrogada
La patria potestad prorrogada también se contempla como una medida específica para casos en los que las personas con discapacidad requieren un apoyo continuado más allá de la mayoría de edad, asegurando así una protección constante y adaptada a sus necesidades.
Medidas de accesibilidad cognitivas y el derecho a la accesibilidad
Otro aspecto importante de la Ley 8/2021 es su enfoque en las medidas de accesibilidad cognitiva. Estas medidas incluyen la introducción del facilitador, una figura clave en el proceso de hacer accesibles los espacios, servicios e información. El facilitador juega un rol vital en asegurar que las personas con discapacidad cognitiva puedan comprender y navegar por su entorno, promoviendo así su participación activa y su inclusión en la sociedad.
Además, la Ley 8/2021 subraya la importancia del respeto a la voluntad de las personas con discapacidad, asegurando que sus decisiones sean consideradas y valoradas. El ministerio fiscal juega un rol crucial en la supervisión y garantía de que estas medidas se implementen adecuadamente, vigilando el cumplimiento de la ley y protegiendo los derechos de las personas con discapacidad.