En una época donde las dinámicas sociales y legales se vuelven cada vez más complejas, surge la necesidad de comprender mecanismos jurídicos especializados que protegen a aquellos en situaciones vulnerables. Por eso es importante conocer mecanismos como qué es la curatela representativa, un concepto que quizás no resulte familiar para muchos, pero que juega un papel crucial en el ámbito del derecho y el bienestar social.
Qué es la curatela representativa
La curatela representativa, regulada por la ley 8/2021, se enmarca dentro de las medidas legales y de apoyo a la discapacidad que garantizan la protección de los derechos de las personas con discapacidad en España. Su propósito primordial es proporcionar a las personas con limitaciones en su capacidad jurídica un representante que les asista de manera constante y eficaz.
La curatela representativa es una medida de apoyo acordada judicialmente cuando la persona no puede expresar o manifestar su voluntad. El curador debe actuar siempre respetando la voluntad, deseos y preferencias de la persona, teniendo en cuenta su trayectoria vital y las decisiones que habría tomado por sí misma.
Podemos hablar de distinción entre la curatela asistencial y la representativa:
La curatela asistencial, es la regla general. La persona con discapacidad conserva el ejercicio de la capacidad jurídica para actuar en todos los aspectos de su vida, e interviene con la ayuda o el apoyo de la persona curadora, de modo que la persona participa en la toma de sus decisiones, informándola, ayudándola en la comprensión y entendimiento, y facilitando que elija sus preferencias, para que vaya necesitando menos apoyos en el futuro.
La curatela representativa, será la excepción, y supone la sustitución de la persona con discapacidad en los actos concretos que determine la resolución judicial. Se dará cuando la discapacidad afecta directamente a la capacidad de tomar decisiones, y la finalidad es que la persona pueda ejercitar sus derechos por medio de la persona curadora. La persona que es nombrada curadora deberá tener en cuenta la trayectoria vital de la persona, sus creencias, valores y preferencias y pensar como hubiera tomado esta persona la decisión de que se trate. Para determinados actos de trascendencia, ya sea personal o económicos, necesitará autorización judicial.
Cómo funciona la curatela representativa
Conocer los pasos y cómo se desarrolla la curatela representativa puede suponer una ventaja a la hora de realizar los trámites correctamente. El curador tiene la responsabilidad de intervenir en los ámbitos de la vida que la persona no pueda gestionar por sí misma, respetando siempre sus valores y preferencias.
1. Proceso de nombramiento de un curador representativo
El procedimiento para el nombramiento de un curador se realiza conforme a lo estipulado en la legislación civil y procesal, asegurando un enfoque personalizado y adaptado a las necesidades de cada caso.
- Determinación de la necesidad de curatela: lo primero es considerar qué grado de incapacidad (discapacidad y que tipo de apoyo va a necesitar) debe tener la persona solicitante para recibir la ayuda.
- Petición para el nombramiento: el solicitante puede proponer a una o incluso varias personas que se encarguen de la curatela, así como establecer en qué medida necesita ser representado.
- Evaluación médica o psicológica: Uno de los apartados más importantes para establecer la total disposición para ocuparse de la persona solicitante.
- Audiencia judicial: una vez el solicitante ha propuesto a los candidatos y las disposiciones sobre el contenido de la representación, es la autoridad judicial quien acepta o interviene sobre la elección y el juez oirá a todas las partes.
- Selección del curador: el curador propuesto por el solicitante tiene que ser mayor de edad y encontrarse en plenas facultades. De igual manera puede hacerse cargo una fundación o asociación siempre y cuando sea sin ánimo de lucro. En ausencia de un familiar o persona de confianza, el juez puede designar a personas jurídicas sin ánimo de lucro, como fundaciones o asociaciones, para asumir el rol de curador, siempre que estas entidades tengan como objetivo garantizar el bienestar de la persona representada.
- Orden judicial y responsabilidades del curador: el curador será nombrado en una sentencia judicial y está sujeto a representar al solicitante jurídicamente, siempre y cuando respete y consulte sus decisiones.
- Supervisión continua: puesto que la situación puede ser alterada, es necesario su seguimiento continuo
- Modificaciones en caso de que cambien las circunstancias: existe la posibilidad de modificar e incluso remover a la persona al cargo, siempre y cuando se justifiquen los motivos.

2. Responsabilidades y obligaciones del curador
Entre las responsabilidades y obligaciones del curador se encuentran:
- Gestionar los asuntos económicos-jurídicos-administrativos de la persona bajo curatela.
- Tomar decisiones relacionadas con la atención médica y el bienestar personal.
- Actuar siempre en el mejor interés de la persona bajo curatela.
- Mantener una comunicación regular con la persona bajo curatela.
- Respetar las decisiones personales y preferencias de la persona, en la medida de lo posible.
- Proteger los activos y propiedades de la persona.
- Presentar informes periódicos al tribunal sobre la gestión financiera y el bienestar de la persona.
- Evitar conflictos de interés y no beneficiarse personalmente de la posición de curador.
- Cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables relacionadas con la curatela.
- Informar al tribunal sobre cualquier cambio significativo en la situación de la persona bajo curatela.
Cuándo es necesaria la curatela representativa
Uno de los factores más delicados es determinar el grado de discapacidad de la persona solicitante. Para ello se pueden tomar algunos indicadores que establecen qué tipo de ayuda es necesaria.
- Discapacidad mental o física severa.
- Trastornos neurológicos progresivos (como el alzhéimer o la demencia).
- Traumatismos craneoencefálicos que afectan la capacidad cognitiva.
- Trastornos psiquiátricos graves que impiden la toma de decisiones autónomas.
- Enfermedades crónicas que limitan la capacidad de autogestión.
- Personas mayores que han perdido la capacidad de tomar decisiones informadas.
- Adicciones severas que afectan la capacidad de autogobierno.
- Personas que han sido declaradas judicialmente incapaces.
¿Qué otro tipo de curatela existe?
En España, la Ley 8/2021, de 2 de junio, que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, introduce modificaciones relevantes en el sistema de curatelas. Esta norma redefine la curatela como una medida de apoyo flexible y adaptable a las necesidades específicas de las personas con discapacidad.
1. Curatela representativa
Se establece cuando la persona no puede tomar decisiones por sí misma de manera consistente debido a su discapacidad. En este caso, el curador actúa en nombre de la persona y toma decisiones que le afectan directamente. Esta modalidad es excepcional y solo se utiliza si se demuestra que la persona no puede tomar decisiones incluso con apoyo.
2. Curatela asistencial
Es el tipo más común y está diseñada para personas que pueden tomar decisiones con ayuda. En este caso, el curador ofrece apoyo, orientación o acompañamiento en ciertos actos o decisiones, pero la persona sigue siendo quien toma la decisión final.
3. Curatela mixta
Combina aspectos de la curatela representativa y la asistencial. Se aplica cuando la persona tiene la capacidad para tomar decisiones en algunos ámbitos pero necesita representación en otros. Por ejemplo, puede necesitar asistencia para gestionar su patrimonio, pero no para decisiones personales.
A pesar de parecer un proceso complicado o largo es muy importante conocer todas las vías para ayudar a las personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Poder encontrar la asistencia y representación de alguien de confianza puede suponer una mejora en la vida de las personas necesitadas. Y es que toda la sociedad debería velar por proteger los derechos de aquellos que más lo necesitan.